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Registro de pre-asignación de retribución para instalaciones fotovoltaicas

Información de interés sobre el procedimiento de pre-asignación:

Sede electrónica del Ministerio de Industria, Energía y Turismo

Presentación telemática de las solicitudes de inscripción en el Registro de pre-asignación

De acuerdo con lo previsto en el artículo 6 del Real Decreto 1578/2008, modificado por el Real Decreto 1565/2010, las solicitudes de inscripción en el registro de pre-asignación de retribución que se presenten desde la convocatoria del segundo trimestre de 2011, se presentarán exclusivamente por medios telemáticos, con certificado electrónico, careciendo de validez o eficacia las solicitudes presentadas en papel.

En el caso de utilizar un certificado de persona jurídica, éste deberá corresponder al de la empresa titular de la instalación. Si la solicitud la realiza un representante perteneciente a una empresa distinta, éste deberá utilizar su certificado de persona física.

La presentación telemática de las nuevas solicitudes y consulta de los expedientes correspondientes puede realizarse a través de la siguiente aplicación:

Aplicación PREFO (Preasignación Retribución Eléctrica Fotovoltaica) 

Los expedientes relativos a las instalaciones ya inscritas pueden ser consultados a través del siguiente enlace:

Registro electrónico del Ministerio de Industria, Energía y Turismo

Según lo dispuesto en el artículo tercero del Real Decreto 1565/2010, de 19 de noviembre, desde la convocatoria del segundo trimestre de 2011, el titular del proyecto o instalación, deberá presentar una solicitud para cada una de las convocatorias en las que quiera participar. Si no desea aportar nueva documentación o realizar modificaciones en la documentación presentada para convocatorias anteriores, deberá comunicarlo rellenando en el formulario los campos del apartado “Referencia a Expediente Anterior” relativos al NIF, número y clave del expediente de la convocatoria anterior, no siendo necesario en ese caso volver a presentar dicha documentación.

Para la presentación del aval al que hace referencia el artículo 9 del Real Decreto 1578/2008, de 25 de septiembre, se propone el siguiente modelo: 

Modelo de aval [PDF] [19 KB]

Modelo de aval [DOC] [34 kB]

Modificación del calendario de convocatorias y plazos de presentación de solicitudes para la inscripción en el Registro de preasignación de retribución establecido en el anexo III del Real Decreto 1578/2008, de 26 de septiembre.

La disposición final primera de la Orden ITC/2585/2011, de 29 de septiembre, modifica el anexo III del Real Decreto 1578/2008, de 26 de septiembre, que queda redactado de la siguiente forma:

Anexo III

Convocatorias y plazos de presentación de solicitudes para la inscripción en el Registro de preasignación de retribución

  1. Se fija el número de convocatorias de inscripción en el Registro de preasignación de retribución en cuatro convocatorias anuales, coincidentes con las fechas de resolución del procedimiento de preasignación.
  2. Los plazos de presentación de solicitudes para la inscripción en el Registro de preasignación regulado en el artículo 6 del presente real decreto, y de publicación de los resultados del procedimiento de preasignación de la retribución serán los siguientes:
    • Convocatoria 1.er trimestre del año:

      Presentación de la solicitud: Entre el 1 de junio y el 30 de noviembre del año anterior al de la convocatoria, ambos inclusive.

      Publicación del resultado del procedimiento de pre-asignación de retribución: Antes del 1 de abril del mismo año.

    • Convocatoria 2.º trimestre del año:

      Presentación de la solicitud: Entre el 1 de junio y el 30 de noviembre del año anterior al de la convocatoria, ambos inclusive, coincidente con el plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria del 1.er trimestre.

      Publicación del resultado del procedimiento de pre-asignación de retribución: Antes del 1 de mayo del mismo año.

    • Convocatoria 3.er trimestre del año:

      Presentación de la solicitud. Entre el 1 de diciembre del año anterior al de la convocatoria y el 31 de mayo, ambos inclusive.

      Publicación del resultado del procedimiento de pre-asignación de retribución: Antes del 1 de octubre del mismo año.

    • Convocatoria 4.º trimestre del año:

      Presentación de la solicitud. Entre el 1 de diciembre del año anterior al de la convocatoria y el 31 de mayo, ambos inclusive, coincidente con el plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria del 3.er trimestre.

      Publicación del resultado del procedimiento de pre-asignación de retribución: Antes del 1 de noviembre del mismo año.

  3. Cuando las fechas previstas en el apartado anterior sean no hábiles a efectos administrativos se tomará el primer día posterior hábil.
  4. Para la participación en las convocatorias del 1.er y 2.º trimestre, se presentará un único formulario de solicitud para ambas convocatorias, en el que se podrá indicar si el solicitante desea participar exclusivamente en una de las convocatorias, o en ambas.

    Una vez resuelta la convocatoria del 1.er trimestre, se publicarán en la sede electrónica del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, junto a los listados de instalaciones, los cupos de potencia y valores de tarifas de aplicación para la convocatoria del 2.º trimestre.

     Aquellos peticionarios que hayan presentado solicitud para las dos convocatorias referidas y que no resulten inscritos en el Registro de preasignación de retribución asociado a la convocatoria del 1.er trimestre, podrán desistir de la solicitud de inscripción para la convocatoria del 2.º trimestre, en los 5 días hábiles siguientes a la publicación en la sede electrónica del Ministerio de Industria, Energia y Turismo, de la resolución de la convocatoria del 1er trimestre y de los cupos de potencia y valores de tarifas de aplicación para la siguiente convocatoria.

  5. Lo establecido en el apartado anterior para las convocatorias del 1.er y 2.º trimestre, será de aplicación a las convocatorias del 3.er y 4.º trimestre, respectivamente.”

Orden ITC/2585/2011, de 29 de septiembre, por la que se revisan los peajes de acceso, se establecen los precios de los peajes de acceso supervalle y se actualizan determinadas tarifas y primas de las instalaciones de régimen especial, a partir de 1 de octubre [PDF] [153 KB]

Resolución de la convocatoria del tercer trimestre de 2011 del procedimiento de pre-asignación de retribución para instalaciones fotovoltaicas

Se recoge a continuación la Resolución de 7 de noviembre de 2011 de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se inscriben en el Registro de preasignación de retribución, asociados a la convocatoria del tercer trimestre de 2011, los proyectos incluidos en los cupos correspondientes y se publica el resultado del procedimiento de preasignación de retribución de dicha convocatoria, de acuerdo a lo previsto en el Real Decreto 1578/2008, de 26 de septiembre.

Del mismo modo, se recogen los listados de las instalaciones inscritas en el citado registro, no inscritas e inadmitidas. Los expedientes se encuentran ordenados de acuerdo al criterio cronológico.

 

Resolución de la convocatoria del cuarto trimestre de 2011 del procedimiento de pre-asignación de retribución para instalaciones fotovoltaicas

Se recoge a continuación la Resolución de 18 de noviembre de 2011 de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se inscriben en el Registro de preasignación de retribución, asociados a la convocatoria del cuarto trimestre de 2011, los proyectos incluidos en los cupos correspondientes y se publica el resultado del procedimiento de preasignación de retribución de dicha convocatoria, de acuerdo a lo previsto en el Real Decreto 1578/2008, de 26 de septiembre.


Del mismo modo, se recogen los listados de las instalaciones inscritas en el citada convocatoria, no inscritas e inadmitidas. Los expedientes se encuentran ordenados de acuerdo al criterio cronológico.

Los valores de las tarifas que serán de aplicación para la convocatoria del primer trimestre de 2012 son:

  • Subtipo I.1: 26,6208 c€/kWh
  • Subtipo I.2: 19,3170 c€/kWh
  • Tipo II: 12,1716 c€/kWh

Los cupos de potencia que serán de aplicación para la convocatoria del primer trimestre de 2012 son:

  • Subtipo I.1: 7,959 MW
  • Subtipo I.2: 73,334 MW
  • Tipo II: 83,161 MW

Adicionalmente se incluyen los listados de las instalaciones que han resultado inadmitidas en la convocatoria del cuarto trimestre de 2011 y que ya habían resultado inadmitidas en la convocatoria del tercer trimestre de 2011 y publicadas en los listados correspondientes a aquella convocatoria.